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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288600
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 20
EXPROPIACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 20
La Ley Agraria de 6 de enero de 1915, que tiene el carácter de constitucional, no establece que la indemnización sea previa, al expropiar las tierras para dotar a los pueblos, sino que previene que se cumpla con esa indemnización, creándose al efecto la deuda agraria.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Muñoz Mariano. 5 de enero de 1920. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.