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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288607
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 46
ACTO RECLAMADO, CESACION DE SUS EFECTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 46
El juicio de amparo es improcedente, cuando han cesado los efectos del acto reclamado.
Precedentes
Amparo civil en revisión. González Rul Manuel. 7 de enero de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Ignacio Noris y Patricio Sabido. La publicación no menciona el nombre del ponente.