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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288616
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 72
QUEJA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 72
Debe desecharse por extemporánea, la queja que se dirige contra irregularidades del procedimiento, cometidas por el Juez de Distrito, cuando éste ha dictado ya su fallo en el juicio respectivo.
Precedentes
Queja en materia civil. Velasco Joaquín. 8 de enero de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.