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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288671
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 198
SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 198
La Constitución General no concede ningún recurso, ante la autoridad responsable, contra el auto en que ésta admite un recurso de súplica.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Güemes Indalecio. 23 de enero de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Patricio Sabido y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.