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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288678
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 206
CASACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 206
Habiéndose resuelto ya, en diversas ejecutorias, que es un recurso extraordinario, no es necesario interponerla, para que sea procedente el amparo contra la sentencia que tenga el carácter de definitiva.
Precedentes
Amparo civil directo. Navarrete José. 26 de enero de 1920. Unanimidad de diez votos. Ausente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.