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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288728
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 302
AUTO DE EXEQUENDO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 302
Siendo sus efectos reparables en la sentencia definitiva del juicio respectivo, es improcedente el amparo contra dicho auto.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Alduncia J. Antonio. 3 de febrero de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Patricio Sabido, Agustín Urdapilleta y José María Mena. La publicación no menciona el nombre del ponente.