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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288738
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 325
SUBARRENDATARIO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 325
Para que pueda ser tenido como parte en el juicio de arrendamiento, seguido entre el propietario y el arrendatario, debe ejercitar, en el mismo, las acciones correspondientes, y la resolución que rechaza sus promociones, cuando no se ha apersonado en el juicio, ejercitando dichas acciones, está ajustada a la ley.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Ruiz de Velazco Rafael. 9 de febrero de 1920. Mayoría de cinco votos. Ausente: Benito Flores. Excusa: Patricio Sabido. La publicación no menciona el nombre del ponente.