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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288743
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 329
REMATES, NULIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 329
La nulidad de los remates, efectuados por virtud de la aplicación de la ley económico coactiva, no puede declararse por la autoridad administrativa, porque ello equivaldría a arrebatar al adjudicatario, sin forma de juicio, los bienes de que está en posesión.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Sánchez viuda de Sánchez Rafaela. 9 de febrero de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Benito Flores y Agustín Urdapilleta. Excusa: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.