Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/288764
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288764
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 364
SUSPENSION EN AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 364
La autoridad responsable debe suspender la ejecución de su fallo, tan pronto como el quejoso le comunique haber interpuesto el recurso de amparo contra el mismo, debiendo también dar aviso a las autoridades ejecutoras de ese fallo, para que el amparo no quede sin materia.
Precedentes
Queja en materia penal. Wing Wong. 19 de febrero de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Ernesto Garza Pérez, Enrique Moreno e Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.