Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/288768
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288768
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Presidencia S.C.J.N.; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 375
REVISION SIN MATERIA.
[TA]; 5a. Época; Presidencia S.C.J.N.; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 375
Debe considerarse que la revisión contra los autos dictados en el juicio de amparo, carece de materia, cuando se ha dictado ya la resolución definitiva en el juicio.
Precedentes
Amparo penal. Revisión de unos autos dictados en el juicio. Herroz Joaquín y coagraviados. 24 de febrero de 1920. Resolutor: José María Mena.