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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288788
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 414
TRIBUNALES FEDERALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 414
A ellos corresponde conocer de todas las controversias del orden civil o criminal, que se susciten sobre cumplimiento y aplicación de leyes federales, o con motivo de los tratados celebrados con las potencias extranjeras. Cuando dichas controversias sólo afectan a intereses particulares, podrán conocer también de ellas, a elección del actor, los Jueces y tribunales locales del orden común, de los Estados y territorios federales.
Precedentes
Competencia positiva. Entre los Jueces, de Primera Instancia de Ciudad Juárez, y de Distrito en Chihuahua. 28 de febrero de 1920. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.