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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288809
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 456
DESERCION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 456
La sentencia que condena a un militar por el delito de deserción, cuando éste ha probado que faltó al servicio, con motivo legítimo, importa una violación del artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo penal directo. García Villegas Blas. 8 de marzo de 1920. Mayoría de siete votos. Ausentes: Benito Flores y Agustín Urdapilleta. Disidentes: José María Mena y Ernesto Garza Pérez. la publicación no menciona el nombre del ponente.