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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288850
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 542
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 542
Es improcedente concederla, cuando con ella resientan perjuicios la sociedad y el Estado.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. Gil Farías Pedro. 20 de marzo de 1920. Unanimidad de diez votos. Ausente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.