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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
288887
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 642

APRECIACION DE LA PRUEBA.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 642

Precedentes

Amparo penal directo. Paredes Tomás. 9 de abril de 1920. Unanimidad de diez votos, respecto a la negación del amparo, por haberse considerado al quejoso como autor del homicidio. Ausente: Patricio Sabido. Mayoría de ocho votos, por lo que hace a que la autoridad responsable condenó al quejoso como homicida en riña por el agresor. Disidentes: Adolfo Arias y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 288887