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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288907
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 693
PRUEBAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 693
Los tribunales tienen la obligación de recibir todas las pruebas que se presenten por los interesados a excepción de las que fueren contra derecho o contra la moral.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Sosa Miguel. 19 de abril de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Patricio Sabido, José María Mena y Adolfo Arias. La publicación no menciona el nombre del ponente.