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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288918
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 722
SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO CIVIL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 722
La suspensión del procedimiento civil, por razón de la denuncia que se haga de la falsedad del documento, base de la acción, y la consignación de éste a la autoridad penal, es procedente cuando existe juicio pero no durante las diligencias preparatorias, que consideradas como actos prejudiciales, no tienen el carácter de juicio.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Domínguez María. 24 de abril de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Enrique Moreno y Patricio Sabido. La publicación no menciona el nombre del ponente.