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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288920
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 728
EXENCION DE IMPUESTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 728
La exención de impuestos supone la concesión gratuita; pero no puede decirse que se exima a alguien del pago de contribuciones, cuando, a cambio de ellas, da alguna cosa y se le ha exigido previamente, la ejecución de determinadas obras, en cumplimiento de un contrato celebrado entre el contribuyente y las autoridades.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Compañía Abastecedora de Aguas de Mazatlán. 26 de abril de 1920. Mayoría de seis votos. Ausente: Patricio Sabido. Disidentes: Alberto M. González, Ignacio Noris, Agustín Urdapilleta y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.