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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288945
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 777
DESPOSEIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 777
Las autoridades administrativas no pueden arrebatar a nadie la posesión, aun cuando sea una simple detentación, sin que medien los requisitos prescritos por el artículo 14 constitucional que, al proteger la posesión, no hace distinción alguna.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Valenzuela José. 3 de mayo de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Ignacio Noris, Alberto M. González y Patricio Sabido. La publicación no menciona el nombre del ponente.