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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288985
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 863
IMPOSIBLE REPARACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 863
La condición de imposible reparación para la procedencia del amparo, se refiere, únicamente a los actos ejecutados en juicio y no a los de una autoridad dictados fuera de él; por lo que procede el amparo contra las resoluciones dictadas, en vía de jurisdicción voluntaria, que afecten a personas extrañas a esas diligencias, sin que tengan necesidad de oponer los recursos ordinarios.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Casas de Cabrera Maura Soledad. 18 de junio de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Antonio Alcocer e Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.