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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288989
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 871
PROMULGACION DE LAS LEYES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 871
Las leyes tienen fuerza y vigor a partir de la fecha de su promulgación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. De Landa y Escandón Guillermo. 21 de junio de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Antonio Alcocer y Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.