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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288991
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 871
LEYES POSTERIORES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 871
Las leyes posteriores derogan válidamente a las anteriores, en cuanto a aquéllas se opongan.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. De Landa y Escandón Guillermo. 21 de junio de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Antonio Alcocer y Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.