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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288998
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 880
EJECUCION DE SENTENCIAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 880
La ejecución de las sentencias no puede suspenderse sólo porque contra ellas se haya interpuesto el recurso de amparo, si no se ha concedido expresamente en la suspensión.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Damián J. Dolores. 21 de junio de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M González, Antonio Alcocer y Adolfo Arias. La publicación no menciona el nombre del ponente.