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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289002
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Presidencia S.C.J.N.; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 684
SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; Presidencia S.C.J.N.; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 684
Sólo procede contra las sentencias de segunda instancia, dictadas con motivo de controversias que se susciten sobre cumplimiento y aplicación de leyes federales, cuando en dichas controversias se afecten únicamente intereses particulares.
Precedentes
Recurso de Súplica. Reynaud Urbano. 16 de abril de 1920. Resolutor: Ernesto Garza Pérez.