Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/289004
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289004
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 891
TUTELA LEGITIMA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 891
La tutela legítima del marido incapacitado, corresponde a su consorte y, de acuerdo con la antigua legislación sobre el divorcio, la separación de cuerpos, consecuencia de aquél, no hacía desaparecer la obligación del cónyuge capaz, de ejercer la tutela del que había caído en incapacidad.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Raigosa de Bermejillo María. 22 de junio de 1920. Mayoría de seis votos. Ausentes: Alberto M. González, Antonio Alcocer y Adolfo Arias. Disidentes: Benito Flores y José María Mena. La publicación no menciona el nombre del ponente.