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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289020
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 931
PROTECCION CONSTITUCIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 931
Debe negarse cuando el quejoso no prueba que se han violado, en su perjuicio, las garantías constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Reyes Salvador y coagraviados. 29 de junio de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Ignacio Noris y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.