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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289043
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 40
SOBRESEIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 40
El sobreseimiento en el amparo, pone fin al juicio, sin hacer declaración alguna sobre si la Justicia de la Unión ampara, o no, a la parte quejosa y, por tanto, sus efectos no pueden ser otros que dejar las cosas tal como se encontraban antes de la interposición de la demanda, y la autoridad responsable está facultada para obrar conforme a sus atribuciones.
Precedentes
Queja en amparo civil. Mendoza N. Miguel. 3 de julio de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Benito Flores e Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.