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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289082
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 138
SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 138
Sus efectos consisten en mantener las cosas en el estado que guardan, en el momento en que se decreta, y no en el de restituirlas al que tenían antes de la violación que se reclama, pues esto es efecto de la sentencia que concede el amparo, en cuanto al fondo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de suspensión. Padilla Valdés de Chávez María del Socorro. 11 de julio de 1919. Mayoría de siete votos. Ausente: Agustín Urdapilleta. Disidentes: Alberto M. González, Patricio Sabido y José M. Mena. La publicación no menciona el nombre del ponente.