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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289122
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 258
ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 258
Debe apreciarse en la sentencia del amparo, tal y como aparezca probado ante la autoridad responsable, sin que puedan tenerse en consideración pruebas que debieron rendirse ante la autoridad contra la cual se reclama.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Llaguno de Ortiz María. 2 de agosto de 1919. Unanimidad de diez votos. Ausente: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.