Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/289142
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289142
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 300
QUEJA, RECURSO DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 300
Sólo procede contra los actos de losJueces de Distrito, que tengan un carácter trascendental y grave.
Precedentes
Queja en amparo penal. Agente del Ministerio Público, adscrito al Juzgado Primero de Distrito, del Distrito Federal. 11 de agosto de 1919. Unanimidad de diez votos. Ausente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.