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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289165
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 353
QUEJA, RECURSO DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 353
El que no es parte en el juicio de amparo, no puede serlo para formular quejas, con motivo de dicho juicio.
Precedentes
Queja en amparo penal. Garcilazo Abelardo. 21 de agosto de 1919. Mayoría de siete votos, en cuanto a la falta de personalidad del quejoso y por unanimidad de once votos, por no tratarse de un hecho trascendental. Disidentes: Alberto M. González, Adolfo Arias, Gustavo A. Vicencio y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.