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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289168
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 353
RECURSOS EN EL JUICIO DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 353
Los autos pronunciados en los juicios de amparo, no admiten más recursos que los expresamente concedidos por la ley, y, por excepción, la Corte puede revisar los que por su naturaleza trascendental y grave, reclamen su inmediata intervención.
Precedentes
Queja en amparo penal. Garcilazo Abelardo. 21 de agosto de 1919. Mayoría de siete votos, en cuanto a la falta de personalidad del quejoso y por unanimidad de once votos, por no tratarse de un hecho trascendental. Disidentes: Alberto M. González, Adolfo Arias, Gustavo A. Vicencio y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.