Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/289192
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289192
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 403
ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 403
Puede ser dictada en el curso del juicio, si existen nuevos datos para fundar la responsabilidad del acusado, aun cuando haya sido revocado el auto de formal prisión que en un principio se dictara.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Parra José María. 1o. de septiembre de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausente: Ernesto Garza Pérez. El Ministro Ignacio Noris se excusó de votar en este negocio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo III, página 83, tesis de rubro "ORDEN DE APREHENSION.".
Tomo XI, página 223, tesis de rubro "ORDEN DE APREHENSION.".
Tomo LXXXIII, página 880, tesis de rubro "ORDEN DE APREHENSION.".