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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289212
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 437
QUEJA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 437
Cuando la Suprema Corte revise un acto de un Juez de Distrito, por exceso o defecto de ejecución de una ejecutoria de amparo, debe confirmar o revocar la providencia respectiva, absteniéndose siempre de alterar los términos de la ejecutoria.
Precedentes
Queja en amparo civil. Careaga Timoteo. 4 de septiembre de 1919. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre ponente.