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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289223
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 458
AUTORIDAD RESPONSABLE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 458
No puede considerarse que deje de tener ese carácter, por el hecho de practicar diligencias, en auxilio de otra autoridad.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Rodríguez Juan. 5 de septiembre de 1919. Mayoría de cinco votos,en cuanto a la primera proposición y por unanimidad de ocho, por lo que hace a la segunda. Los Ministros Alberto M. González, Adolfo Arias y Enrique Moreno, no votaron en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidentes: Patricio Sabido, Agustín Urdapilleta y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.