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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289230
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 480
CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 480
Cuando son de tal modo inherentes al delito cometido, que sin su existencia no hubiera podido cometerse, no importa violación de garantías, el hecho de que no se tomen en consideración en la sentencia, para disminuir la pena correspondiente.
Precedentes
Amparo penal directo. González Escamilla Luis. 8 de septiembre de 1919. Mayoría de siete votos. Ausente: Alberto M. González. Disidentes: Patricio Sabido, Ignacio Noris y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.