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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289232
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 485
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 485
Aun cuando se causen perjuicios a particulares, debe negarse, si con ella se originan perjuicios a la sociedad o al Estado.
Precedentes
Amparo mixto. Revisión del auto de suspensión. Díaz Angel y coagraviados. 9 de septiembre de 1919. Mayoría de seis votos. Ausentes: Alberto M. González, Agustín Urdapilleta y Enrique Moreno. Disidentes: Adolfo Arias y José M. Mena. La publicación no menciona el nombre del ponente.