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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289257
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 535
MOLESTIAS A PARTICULARES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 535
El cumplimiento de la obligación que tiene todo individuo, de prestar su contingente para el auxilio de la justicia, no puede considerarse como una molestia, en el sentido jurídico de la palabra.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Ramírez Garrido José D. 24 de septiembre de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Patricio Sabido y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.