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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289309
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 675
AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 675
El que se enderece contra la sentencia de alzada, en el incidente sobre revalidación de actuaciones, es improcedente, porque dicha sentencia no afecta en nada los intereses de las partes en el juicio, puesto que sólo resuelve sobre la responsabilidad en que puede haber incurrido el Juez.
Precedentes
Amparo civil en revisión. López María Consuelo. 16 de octubre de 1919. Mayoría de nueve votos. Ausente: Enrique Moreno. Disidente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.