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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289333
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 744
INVASION DE JURISDICCION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 744
No existe si un Juez, que está incapacitado para resolver sobre un punto de la controversia, por razón de su cuantía, deja a salvo los derechos de las partes para que los deduzcan ante quien corresponda.
Precedentes
Amparo civil directo. Tena María Jesús. 29 de octubre de 1919. Mayoría de nueve votos. Ausente: Enrique Moreno. Disidente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.