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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289361
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 802
EXPEDICION DE UNA LEY.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 802
La suspensión que se solicite contra la expedición de una ley, es improcedente, si no existen hechos o casos concretos contra los cuales se pida dicha suspensión.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. Ravizé Manuel. 14 de noviembre de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique Moreno e Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 485, tesis relacionada con la jurisprudencia 285, de rubro "SUSPENSION CONTRA UNA LEY.".