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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289372
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 822
MULTA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 822
Cuando el amparo se promueve con manifiesta y notoria temeridad, debe imponerse una multa al quejoso, o a sus representantes o abogados.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Méndez Maximiliano. 19 de noviembre de 1919. Unanimidad de ocho votos en lo que se refiere a la confirmación de la sentencia y mayoría de siete en lo que hace a la multa. Ausentes: Benito Flores, Enrique Moreno y Alberto M. González. Disidente: Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.