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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289385
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 847
RESTITUCIONES DE TIERRA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 847
Los derechos adquiridos por virtud de las resoluciones administrativas, fundadas en la Ley Agraria, sobre restituciones de tierras, son definitivas e irrevocables, por parte de la autoridad que pronuncia dichas resoluciones; y contra estos fallos, no cabe otro recurso, que el que concede el artículo 10 de la Ley de 6 de Enero de 1915, que tiene fuerza constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Hernández Pedro y coagraviados. 3 de diciembre de 1919. Mayoría de siete votos. Ausentes: Benito Flores y Enrique Moreno. Disidentes: Ernesto Garza Pérez y Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.