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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289406
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 909
EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 909
El hecho de que la autoridad responsable deje de tener injerencia legal en los asuntos que motivaron el amparo, no es causa para dejar sin ejecución la sentencia que lo conceda, y los Jueces de Distrito deben dirigirse a aquellas autoridades que están capacitadas legalmente, para hacer cumplir dichas sentencias.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Rosas Rosario. 11 de diciembre de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Benito Flores y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.