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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289412
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 938
ADMISION DE LA DEMANDA DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 938
Es extemporánea la queja que se endereza contra la admisión de la demanda de amparo, por reputarse improcedente ésta, pues respecto de tal improcedencia, podrá resolverse en el curso del juicio, o en la sentencia definitiva del amparo.
Precedentes
Queja en amparo civil. Torres Aniceto, sucesión de. 18 de diciembre de 1919. Mayoría de siete votos. Ausentes: Benito Flores, Enrique Moreno y José M. Mena. Disidente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.