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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289449
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 51
INCOMPETENCIA DEL JUEZ.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 51
La incompetencia de un Juez de Distrito para tramitar una demanda de amparo, no es motivo para que deseche ésta, pues tal cosa indica competencia; sino para que remita los autos a la Corte, para los efectos de ley.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda. Ortiz Agustín. 4 de enero de 1919. Resolutor: Enrique M. de los Ríos.