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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289451
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 56
MULTA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 56
La que impongan los Jueces de Distrito a los promoventes de un amparo, puede ser revocada potestativamente por la Corte.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia. Muñoz Remigio y coagraviados. 4 de enero de 1919. Resolutor: Enrique M. de los Ríos.