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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289455
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 66
MORATORIA DE PAGOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 66
Los deudores cuyas obligaciones estén comprendidas dentro de lo prevenido por la ley de 14 de diciembre de 1916, no puede ser compelidos a efectuar pagos contra su voluntad.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Barreto Alejandro. 6 de enero de 1919. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Santiago Martínez Alomía, Enrique Moreno y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre de ponente.