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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289469
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 90
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 90
No debe concederse cuando aparentemente se pida contra la aplicación de leyes, y, en realidad para eludir el pago del impuesto.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. "Seaboard Fuel Oil Co.". 7 de enero de 1919. Unanimidad de once votos, en cuanto a la suspensión de oficio; y en cuanto a la suspensión definitiva, respecto del primer punto expresado en la primera proposición resolutiva por unanimidad del voto de los mismos señores Magistrados; en cuanto al segundo, por mayoría de siete votos. Disidentes: Agustín de Valle, Enrique García Parra, Enrique Moreno y Victoriano Pimentel; y respecto del tercer punto, por seis votos. Disidentes: Agustín de Valle, Enrique García Parra, Enrique Moreno, Manuel E. Cruz y Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el ponente.