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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289472
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 90
EXPLOTACION Y EXPLORACION DE TERRENOS PETROLIFEROS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 90
El Decreto de 31 de julio de 1918 y sus concordantes, establecieron determinadas reglas para ellas; reglas que han sido dictadas sin perjuicio de lo que disponga la ley reglamentaria del artículo 27 constitucional y que sólo norman o reglamentan la manera de organizar esas explotaciones y exploraciones y los impuestos y regalías a que el gobierno ha tenido derecho.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. "Seaboard Fuel Oil Co.". 7 de enero de 1919. Unanimidad de once votos, en cuanto a la suspensión de oficio; y en cuanto a la suspensión definitiva, respecto del primer punto expresado en la primera proposición resolutiva por unanimidad del voto de los mismos señores Magistrados; en cuanto al segundo, por mayoría de siete votos. Disidentes: Agustín de Valle, Enrique García Parra, Enrique Moreno y Victoriano Pimentel; y respecto del tercer punto, por seis votos. Disidentes: Agustín de Valle, Enrique García Parra, Enrique Moreno, Manuel E. Cruz y Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el ponente.