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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 289495
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 132
SENTENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 132
La que se pronuncie en los juicios del orden civil, deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley y, a falta de ésta, se fundará en los principios generales de derecho.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Jiménez Borreguí Nicolás, sucesión de. 8 de enero de 1919. Mayoría de seis votos. Ausentes: Agustín de Valle y Santiago Martínez Alomía. Disidentes: Alberto M. González, José M. Truchuelo y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el ponente.